Requisitos para ser celador

Los aspirantes a Celador tendrán que superar un examen y para acceder a esta prueba, se debe pertenecer a la Unión Europea y además tener un certificado de estudios.

Para optar al examen se requiere:

  • Nacionalidad española o de cualquier otro Estado de la Unión Europea.
  • Tener al menos 16 años.
  • Tener un certificado escolar.

Además hay que saberse un temario concreto, en el que se ha de conocer la Constitución Española además de otros temas referidos a continuación:

  1. La Constitución Española de 1978.
  2. Estructura del sistema sanitario público.
  3. El derecho a la asistencia sanitaria.
  4. La organización del trabajo en las instituciones sanitarias.
  5. El personal subalterno. Funciones del celador y del Jefe de Personal Subalterno.
  6. Higiene y aseo del enfermo. Movilización y transporte.
  7. El celador en las habitaciones de los pacientes.
  8. Funciones de asistencia al personal sanitario.
  9. El traslado de documentos y objetos.
  10. Actuación del celador en Admisión y Accesos.
  11. Actuación del celador en quirófano.
  12. El celador en la Unidad de Cuidados Intensivos.
  13. Actuación del celador en la sala de autopsias y mortuorio.
  14. Relación del celador con los familiares de las personas fallecidas.
  15. El celador en la Unidad de Psiquiatría.
  16. Las urgencias.
  17. El almacén y los suministros.
  18. La farmacia.
  19. Medio ambiente en los centros sanitarios.
  20. Seguridad y salud en los centros sanitarios.
  21. Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud
  22. Real Decreto 485/1997, de 14 de abril

Cada una de las funciones de los Celadores se recogen en el artículo 14, punto 2, del Estatuto de Personal No Sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

Este estatuto se plasmó en una Orden del Ministerio de Trabajo de 5 de Julio de 1971 (publicado en el BOE del 22 de Julio de 1971). Aunque ya se ha promulgado el nuevo Estatuto Marco que afecta a todo el personal estatutario del Sistema Nacional de Salud (Ley 55/2003, de 16 de diciembre) y deroga los tres estatutos vigentes hasta la fecha, las funciones recogidas en el Estatuto anterior continúan vigentes (según la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 55/2003).

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